Cómo organizar una red municipal de gestores culturales -3 de 7-

Qué podemos entender por red cultural -3 de 9-
octubre 16, 2017
Qué podemos entender por red cultural -4 de 9-
octubre 18, 2017

Marco Tulio Monzón
Gestor Cultural
Red Nacional de Gestores Culturales
ADESCA
17 de octubre d 2017

El Ministerio de Cultura y Deportes, por medio de su departamento jurídico, ofrece su apoyo para realizar los trámites de registro de la entidad creada –personería jurídica- y su representación legal, mediante el pago únicamente de los costos reales, sin el cobro de honorarios. Esta es una gran ventaja para las redes que se organicen, ya que contar con una representación legal, les da acceso a espacios de mayor incidencia.

Respaldo legal:

CÓDIGO MUNICIPAL

ARTICULO 17. Derechos y obligaciones de los vecinos. Son derechos y obligaciones de los vecinos:

  1. c) Servir y defender los intereses del municipio y la autonomía municipal.
  2. f) Participar activa y voluntariamente en la formulación, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas municipales y comunitarias.

ARTICULO 18. Organización de vecinos. Los vecinos podrán organizarse en asociaciones comunitarias, incluyendo las formas propias y tradicionales surgidas en el seno de las diferentes comunidades, en la forma que las leyes de la materia y este Código establecen.
ARTICULO 19. Autorización para la organización de vecinos. Las asociaciones de vecinos a las que se refiere el artículo anterior, se constituirán DECRETO NUMERO 12-2002 DEL CONGRESO – 6 – mediante escritura pública cuyo testimonio será presentado al registrador civil, para los efectos del otorgamiento de la personalidad jurídica, la que será efecto de su inscripción en el libro correspondiente del registro civil, en un tiempo no mayor de treinta (30) días calendario. Los requisitos que debe cumplir la escritura pública, sin perjuicio de lo que establece el artículo veintinueve (29) del Código de Notariado, serán: nombre, sede y la duración de la asociación, establecer claramente sus fines, objetivos, el ámbito de su acción, forma de su organización, la identificación fehaciente de las personas que la integran, y designación de quien o quienes ejercerán su representación legal.

Artículo 36. Organización de comisiones. «En su primer sesión anual, el Consejo Municipal organizará las comisiones que considere necesarias para el estudio y dictamen de los asuntos que conocerá durante todo el año, teniendo carácter obligatorio las siguientes comisiones:

  1. Educación, educación bilingüe intercultural, cultura y deportes. (…)

Puede notarse que el Numeral 1, del Artículo 36, marca la organización de la comisión de “Educación, Educación bilingüe intercultural, cultura y deportes”, lo que respalda la necesidad de participar en la vida cultural y la participación activa.

2 Comments

  1. muy bna informacion
    deseamis organizar una red municipal de cultura si oyeden apoyarnis soy de colombia

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